La Cámara Nacional Electoral (CNE) resolvió este lunes revocar el fallo de la jueza federal subrogante de Río Gallegos, Mariel Borruto, que había habilitado a Cristina Fernández de Kirchner a votar en las elecciones legislativas de octubre. La ex presidenta de la Nación se encuentra impedida de ejercer ese derecho por su condena en la causa Vialidad, que incluye la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos y la privación del derecho electoral.
El fiscal nacional electoral, Ramiro González, ya había dictaminado en el mismo sentido, solicitando excluir a Fernández de Kirchner del padrón electoral. En su criterio, es el Congreso Nacional —y no la Justicia— el órgano competente para reglamentar una normativa específica sobre el voto de exfuncionarios inhabilitados.
La resolución de la CNE, firmada por los camaristas Santiago Corcuera, Daniel Bejas y Alberto Dalla Via, dejó sin efecto la decisión que mantenía a la ex presidenta en el padrón “con el único propósito de que pueda ejercer su sufragio” y ordenó aplicar la inhabilitación electoral tal como lo sostuvo el Ministerio Público Fiscal desde el inicio de la causa.
En agosto pasado, la jueza Borruto había declarado inconstitucionales dos artículos: el 19, inciso 2° del Código Penal y el 3, inciso “e” del Código Electoral Nacional. El primero establece que la inhabilitación perpetua incluye la privación del derecho electoral, mientras que el segundo excluye del padrón a “los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, por el término de la condena”.
Ante esa decisión, el fiscal Julio César Zárate presentó un recurso de apelación al considerar que los antecedentes judiciales citados no justificaban la inclusión de Fernández de Kirchner en el padrón.
En su fallo, la CNE recordó además que en 2016, en un caso conocido como “Procuración Penitenciaria”, se había declarado la inconstitucionalidad de artículos que limitaban el derecho al voto de personas con condenas penales, aunque en este caso la interpretación se resolvió en sentido contrario por las particularidades de la condena a la ex mandataria.